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Oct 19

AYUDAS A DEPENDENCIA

El TSJN anula las órdenes del Gobierno que recortaban ciertas ayudas a la Dependencia

EL CORMIN aspira a QUE SE PAGUE lo no percibido durante la vigencia de las dos normativas
El Ejecutivo lo interpreta al revés y dice que los beneficiarios de varias ayudas a la vez deben «devolver lo cobrado en exceso»
TOMADO DE : DIARIO DE NOTICIAS.
enrique conde
– Viernes, 19 de Octubre de 2012 – Actualizado a las 05:07h 
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha anulado dos
órdenes forales, aprobadas en 2011 por la que fuera consejera de
Política Social, Elena Torres, que recortaban diversas prestaciones y
ayudas a la dependencia. 

Pamplona. De momento,
hasta que no haya sentencia firme, esto no afecta a los beneficiarios de
la dependencia. Dichas órdenes fueron recurridas por el Cormin (Comité
de representantes de personas con discapacidad en Navarra), que entiende
que una vez que los tribunales les han dado la razón, el Gobierno foral
deberá abonar con efectos retroactivos las cantidades retiradas a sus
titulares durante la vigencia de esas normas. Conviene recordar que, por
encima de esas normas, ya existe ahora el Real Decreto Ley 20/2012 de
julio, que sienta actualmente las bases de ayudas a la dependencia.
Dichas sentencias no afectan para nada a esta Ley, no la modifican, pero
sí a normas anteriores que pueden plantear un problema económico.

El Cormin defendía en este asunto los intereses de los
dependientes que dejaron de percibir ciertas ayudas por ser
incompatibles (según la orden 103, no se podía acudir a centro de día y
tener a la vez ayuda a domicilio, había que elegir entre las dos) y de
aquellos que vieron laminado el apoyo económico del Gobierno para
contratar a una persona para cuidados en el domicilio (orden 247). Ahora
cree que esos perjudicados a los que se restringieron las ayudas deben
recuperar lo que perdieron.

el gobierno: «optar por una»  

Si
bien la interpretación que realiza el Ejecutivo foral resulta
radicalmente opuesta. El Gobierno, que está estudiando recurrir la
sentencia ante el Supremo, calcula la retroactividad de otra forma.
Según el Ejecutivo, «la norma que incompatibilizó las prestaciones de
dependencia no fue ninguna de estas órdenes sino el Decreto Ley Foral
1/2011, de 6 de octubre, y éste sigue vigente por lo que estas
sentencias en realidad anulan todas las compatibilidades». Así realizan
esta interpretación: «Todo el que ha disfrutado de varias prestaciones
ahora incompatibles tendría que devolver el dinero». Según sus cálculos,
se verían afectadas 580 familias (42 menores de 18 años que
compatibilizan el centro de día y la ayuda de la dependencia a
domicilio; y 538 que cobran esta última y el servicio de atención
domiciliario -SAD-), «que deberán optar por una de ellas y devolver lo
cobrado en exceso». Y, además, en lo referente a la orden derogada que
reducía las cuantías percibidas para contratar cuidadores a domicilio,
abunda que en este caso «se deberían regularizar las cuantías en función
de lo que unos han cobrado de más y otros de menos».

La interpretación que hace el Cormin de los fallos judiciales
no tiene nada que ver con lo expuesto por el departamento de Política
Social. Se avecina por ello marejada. El Cormin interpreta que deben ser
resarcidas las personas que perdieron ayudas durante la vigencia de
esas órdenes forales, puesto que «la retroactividad irá solo sobre el
detrimento de las ayudas». El comité, que representa a 45.000 personas
con discapacidad en Navarra, argumenta que el Gobierno ha olvidado una
disposición transitoria del Decreto Ley Foral 1/2011 al que antes se
aludía y que es el vigente tras anularse la orden foral 103 aprobada en
octubre. En esa disposición transitoria se decía que las personas que
tengan reconocidas varias ayudas para atención a la dependencia
mantendrían dicho derecho hasta el 31 de diciembre de 2011. Con la orden
foral, lo que hizo el Gobierno fue declarar incompatibles la percepción
de varias ayudas desde octubre de 2011. Por ello, el Cormin cree que el
Gobierno debe abonar lo que no han percibido los dependientes entre
octubre (publicación de la orden foral anulada) y el 31 de diciembre de
2011, fecha tope para mantener las compatibilidades.

anulación por no dar audiencia  

La
anulación de las dos órdenes forales ha sido decidida por la Sala de lo
Contencioso Administrativo del TSJN al estimar los recursos
interpuestos por el Cormin, cuyo presidente, Javier Miranda, valoró la
resolución judicial como «un éxito». «El resultado avala una decisión
que fue responsable en todo momento pero arriesgada», precisó Miranda.
El Cormin, constituido por once asociaciones y dos federaciones,
recurrió esta normativa por considerarla «injusta», al establecer como
incompatibles prestaciones «plenamente complementarias» y «restringir»
derechos.

Las sentencias estiman «íntegramente» estos recursos por
haberse omitido en dichas órdenes forales el trámite de audiencia a los
afectados y no haberse justificado las «razones graves de interés
públicos» que podían haber evitado este trámite. También impone a la
Administración la condena en costas del juicio.
La plataforma de asociaciones de discapacidad acogió «muy
positivamente» los fallos ya que «ponen en evidencia» decisiones
políticas que «no tienen en cuenta a quienes vamos a sufrir en carne
propia sus consecuencias». Para solventar esta situación, hicieron un
llamamiento a los poderes públicos para «caminar juntos» y «abordar una
eficaz política en materia de discapacidad», abandonando la vía de los
recortes económicos y de derechos de todos los ciudadanos, especialmente
de los más vulnerables.

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